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El mínimo no imponible en contribuciones patronales requiere una implementación con criterio federal (20/12/2017)
El mínimo no imponible en contribuciones patronales requiere una implementación con criterio federal

Lo anterior por cuanto existen cerca de 9 millones de habitantes con algún problema de empleo, tanto por encontrarse marginados del mercado de trabajo (en situación de desempleo) como por permanecer en el mismo enfrentando condiciones laborales de vulnerabilidad y precariedad.
En este marco, las medidas propuestas en el proyecto de reforma laboral apuntan fundamentalmente a mejorar las condiciones de empleo de los trabajadores asalariados, especialmente los informales, aunque con menor impacto sobre los trabajadores cuentapropistas de menor calificación y productividad.
Sobre el segmento asalariado, puede estimarse que serían casi 3 millones los trabajadores sobre los que podría blanquearse su situación laboral (actualmente en la informalidad) a lo largo del periodo de instrumentación considerado (entre 2018 y 2022), de manera que se estaría alcanzando a gran parte del conjunto de trabajadores que desempeñan su actividad laboral en condiciones de mayor vulnerabilidad.
No obstante, vale la pena considerar que el 69% de este conjunto de asalariados informales percibe retribuciones laborales por debajo del salario mínimo, vital y móvil (SMVM) vigente. Este hecho puede ocurrir en términos de un incumplimiento con la normativa (tanto entre formales como informales) como por un menor número de horas trabajadas en el mes de referencia.
Además, este grado de incumplimiento presenta significativos contrastes en términos regionales que deben ser considerados en la programación de políticas e instituciones laborales.
La aplicación de un mínimo no imponible (MNI) para el pago de contribuciones patronales puede promover una tendencia formalizadora del empleo que alcanzaría a 3 millones de trabajadores a lo largo de los cuatro años de implementación considerados.
La reforma incluye la introducción de Mínimos No Imponibles (MNI) para las Contribuciones Patronales pagadas por los empleadores, que aumentarán progresivamente hasta el año 2022 y serán actualizadas por medio del IPC publicado por INDEC, a los fines de evitar atrasos con respecto al ritmo inflacionario. En base a este esquema, los empleadores sólo pagarán contribuciones patronales por el salario bruto excedente de dicho MNI, generando un impacto positivo sobre las oportunidades de formalización del empleo.
Paralelamente, se elimina el sistema vigente que permite tomar Contribuciones Patronales (CP) a cuenta de IVA, en forma diferencial según regiones de Argentina, en función a la distancia al Gran Buenos Aires y CABA y el nivel de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) de cada territorio. El proyecto prevé que este beneficio se reduzca en forma progresiva y hacia 2022 las provincias más alejadas de Buenos Aires y/o con mayor NBI ya no podrán contar con esta discriminación en su favor.
Al mismo tiempo, la alícuota de contribuciones patronales ascenderá y se equiparará entre actividades y sectores, desde un 17% actual hasta el 19,5% en 2022.
Si bien se considera promisoria la aplicación de un MNI a las CP, podría resultar conveniente mantener algún criterio de diferenciación regional en el pago de contribuciones patronales, similares a los criterios definidos en la legislación vigente (distancia a Buenos Aires y NBI).
CABA y Partidos del Gran Buenos Aires, según la propuesta legislativa actual, constituyen los únicos distritos que cuentan con un alivio efectivo en el pago de contribuciones patronales, para cualquier nivel salarial, en función de que éstas no cuentan actualmente con beneficios de deducción de contribuciones patronales a cuenta de IVA.
Por contraste, todas las localidades del interior del país - en mayor o en menor medida - presentarían una mejora por la aplicación del MNI pero un perjuicio al derogar la deducción a cuenta de IVA. Por ende, existe un nivel salarial al partir del cual el nuevo sistema de CP les aumenta, en lugar de disminuir, la carga por dichas contribuciones. Por ejemplo, en el Gran Córdoba e Interior de Buenos Aires, dicho nivel salarial resulta relativamente alto (alrededor de $50 mil por mes), pero existen casos, como el de Jujuy/Salta/Resistencia/etc, en que dicho nivel salarial de "equilibrio" resulta de aproximadamente $18 mil pesos. Esto es, a partir de dicho salario, tras la reforma se pagará más, y no menos CP. Este aspecto debería ser subsanado y en este sentido se propone la aplicación del MNI en base a un criterio federal que se explicita en el presente informe. 




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